domingo, 15 de noviembre de 2009

Familia, primera educadora (1)

Los padres somos los primeros y principales responsables de la educación de los hijos. Es éste un derecho fundamental, inscrito en el ser del hombre, en su naturaleza, reconocido desde siempre, pero cuestionado en estados totalitarios que están en la mente de todos. Pero, ¡ojo! Estamos empezando a conocer no sólo posicionamientos ideológicos, sino también hechos ciertos que cuestionan este derecho en el estado español. Los padres debemos tener abiertos los ojos, leer la realidad y los acontecimientos, reflexionar sobre ello y sacar lúcidas conclusiones. Por eso traemos el tema a este espacio.

“Puesto que los padres han dado vida a los hijos, tienen la gravísima obligación de educar a la prole” dice el Vaticano II, en el número 3 de Gravissimum educationis. Luego Juan Pablo II, en Familiaris Consortio, número 36, dice que “el derecho-deber educativo de los padres se califica como esencial, relacionado como está con la transmisión de la vida humana; como original y primario, respecto al deber educativo de los demás, por la unicidad de la relación de amor que subsiste entre padres e hijos; como insustituible e inalienable y que, por consiguiente, no puede ser totalmente delegado por otros”. Recapitulemos: es un derecho-deber esencial, original y primario, insustituible e inalienable.

Esto lo dice la Iglesia. Pero, acudamos a la Declaración Universal de Derechos Humanos, para comprobar lo que indica en su artículo 26: que “Toda persona tiene derecho a la educación”; que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales”; y finaliza afirmando que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”. Es decir, es un derecho a escoger la educación que quieren para sus hijos, y es un derecho preferente. Por su parte la Constitución Española, que según ella misma expresa debe interpretar los derechos y libertades que establece según esa Declaración Universal y los tratados y acuerdos internacionales, recoge en el artículo 27 la libertad de enseñanza y “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

El tema está solamente iniciado. No somos expertos en él, pero con la ayuda del magisterio de la Iglesia hemos de intentar situarnos responsable y activamente defendiendo lo que es nuestro, y que no debemos a nadie más que a Dios. Ahí están los problemas de bastantes padres para elegir el colegio que quieren para sus hijos, o las pretensiones que demuestra la asignatura de Educación para la Ciudadanía, o el acoso a la asignatura de religión… Son nuestros hijos y, aunque los padres no somos los únicos educadores, nadie puede quitarnos nuestro deber-derecho a educarlos, ejerciendo así nuestra paternidad en integridad.

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